El Justicia reclama al Ayuntamiento que oferte las plazas de empleo pendientes

La institución recibió quejas de que hay 392 plazas públicas sin convocar de 2006 y 2009.

El Justicia de Aragón, Fernando García Vicente
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EFE/JAVIER CEBOLLADA

El Justicia de Aragón, Fernando García Vicente, ha solicitado al Ayuntamiento de Zaragoza que respete el plazo fijado en el Estatuto Básico del Empleado Público para la ejecución de las Ofertas de Empleo Público (OPE) de 2006 y 2009, desarrollando los procesos selectivos para la cobertura reglada de las plazas en ellas incluidas.


Así lo ha señalado, tras recibir una queja en la que se precisaba que había numerosos procesos selectivos pendientes de celebrar por parte del consistorio correspondientes esos años para los que había transcurrido el plazo máximo fijado en el Estatuto Básico del Empleado Público.


En concreto, la queja mencionaba que había 392 plazas en las que no se ha convocado el proceso selectivo y 94 en las que se había convocado, pero no había sido resuelto.


El Ayuntamiento de Zaragoza ha informado el Justicia de que se estaban realizando los procesos selectivos de Oficial Mantenimiento (libre, discapacitados y concurso-oposición), Maestro conductor y Maestro albañil de Promoción interna y "se tiene intención de ir completando procesos conforme las asignaciones presupuestarias lo permitan".


En las consideraciones jurídicas del expediente, el Justicia ha precisado que de la OPE de 2006 quedan pendientes de finalizar, bien porque no se ha iniciado el proceso selectivo, bien por estar en trámite, un total de 249 plazas, el 27,8%, mientras que en la de 2009 todavía no se han cubierto 349 plazas, el 73%.


Añade que, según el Estatuto Básico del Empleado Público, la ejecución de la oferta de empleo público debe tener lugar en un plazo improrrogable de tres años. Por eso, en el primer caso han transcurrido "más de 7 años" y cuatro en el segundo, y se "ha incumplido el plazo" legal.


El Justicia de Aragón ha argumentado que situaciones como estas "conducen a un retraso indebido en todo el modelo que debe hacer efectivo el derecho a acceder a un cargo o empleo público" que "lleva a consecuencias indeseadas como una alta tasa de interinidad en la función pública del Ayuntamiento, la precariedad en el desempeño de puestos y el perjuicio que dicha situación implica para el servicio público y el bien común".


Ha agregado que "el retraso expuesto vulnera tanto el interés de los ciudadanos afectados, al impedir la efectividad de su derecho a acceder a un cargo o empleo público de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad, como el propio interés general, al impedirse la consecución de un modelo de función pública ajustada a los principios de legalidad y seguridad jurídica y tramitada conforme a criterios de celeridad, eficacia y eficiencia".