Capitalidad Cultural 2016

El TS admite el recurso de Córdoba para impugnar la Capitalidad Cultural 2016

El Tribunal Supremo desestima el recurso del Ayuntamiento de San Sebastián contra la petición del Ayuntamiento cordobés y deberá pagar las costas del proceso.

El Tribunal Supremo (TS) ha admitido a trámite el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Córdoba para impugnar el fallo del Ministerio de Cultura de designar a San Sebastián como sede española de la Capitalidad Cultural Europea del 2016.


Según el auto judicial, al que ha tenido acceso Efe, el TS admite a trámite el recurso contra el auto del 5 de marzo del 2012 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que rechazaba la impugnación requerida por el Ayuntamiento de Córdoba.


Además, también se desestima el recurso del Ayuntamiento de San Sebastián contra la petición del Consistorio cordobés y el TS lo condena al pago de 600 euros por las costas del proceso.


El TS entiende que la justicia española es competente para abordar la impugnación del proceso, a lo que se oponía San Sebastián, y deberá ser el TSJM el que resuelva si hubo alguna irregularidad en el proceso, tal y como defiende el Ayuntamiento de Córdoba.


El pasado 30 de junio del 2011 el bufete de abogados Mariano Aguayo, con sede en Córdoba, presentó ante el Ministerio de Cultura un recurso de reposición a la decisión del comité de selección de elegir a San Sebastián como capital cultural de Europa en 2016 y pidió la suspensión del proceso.


El recurso se fundamentaba en que el presidente del comité de selección, Manfred Gaulhofer, alegó motivos ajenos a la convocatoria de la selección, "lo que es suficiente para invalidar el proceso", según el recurso.


En el escrito, los recurrentes sostenían que los motivos y criterios por los que se ha designado a San Sebastián son "ni más ni menos" que los expresados por el presidente del comité y hacen referencia a cuestiones políticas pero no culturales.


Meses después, en septiembre de ese mismo año, el Ministerio de Cultura aseguraba que el proceso de selección de San Sebastián como Capital Cultural Europea en el 2016 se hizo de forma correcta, transparente y objetiva, según una investigación interna.


"La selección se ha realizado con una total transparencia y objetividad, realizándose tanto la preselección inicial como la selección final con mayorías claras y suficientes", señalaba el Ministerio.


Sin embargo, el 4 de octubre del 2011 el bufete de abogados de Córdoba 'Mariano Aguayo' pidió "paralizar" el proceso de designación de San Sebastián debido a la "pseudo" investigación llevada a cabo por el Ministerio de Cultura.


Dicha paralización formaba parte de las medidas cautelares solicitadas en el recurso presentado ante la Audiencia Nacional, con el apoyo del Ayuntamiento de Córdoba, al considerar que ha habido "irregularidades" en el proceso de designación.


Un día después, el Ayuntamiento de San Sebastián decidió, de acuerdo con la Diputación de Guipúzcoa y el Gobierno Vasco, personarse en el recurso presentado por el consistorio de Córdoba en la Audiencia Nacional contra su designación como Capital Cultural Europea 2016.


En enero del pasado año la Audiencia Nacional remitió el recurso al Tribunal Superior de Justicia de Madrid para que sea el que resolviera el mismo argumentado que solo tiene competencia para resolver recursos contra decisiones de ministros y secretarios de Estado y no para las adoptadas por el comité de selección de la Capital Cultural.


No obstante, en junio del 2012 el TSJM rechazó el recurso del Ayuntamiento de Córdoba y ha sido ahora el TS el que ha anulado dicho rechazo y ha devuelto la causa al alto tribunal madrileño para que resuelva la impugnación.