TRIBUNALES

Absuelto de abusos sexuales a sus hijos al considerar que los niños mintieron

La Audiencia no tiene en cuenta sus declaraciones iniciales por infracción de un derecho

zaragoza. La Audiencia Provincial de Zaragoza ha absuelto a Carlos P. A., vecino de Alcalá de Moncayo, de los delitos de agresión sexual contra sus tres hijos de los que le acusaba la fiscalía y por los que pedía 32 años de prisión. También le absuelve de coacciones contra su hija menor, que cuando denunció los hechos tenía 7 años. La Audiencia sí condena por un delito continuado de robo, para el que usó a la niña, y le impone dos años y medio de cárcel. El acusado, que estaba en prisión provisional desde el 21 de junio de 2006, fue puesto en libertad el pasado 26 de febrero. La sentencia también absuelve de agresión sexual a Roberto A. primo del anterior. El tribunal de la Sección Tercera da un varapalo al Juzgado de Instrucción de Tarazona encargado del caso por dos motivos. Primero, le reprocha el tiempo que tardó en instruir la causa, más de dos años, y le dice que "excedió de lo razonable", dada la situación de prisión preventiva de Carlos P., defendido por Ángel Tolosana.

En segundo lugar, y más grave a efectos de la causa, le advierte de que incumplió el artículo 436 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que obliga al juez a advertir a los testigos que sean parientes del procesado -como es el caso- de que no tienen obligación de declarar contra estos y a consignar por escrito la respuesta. Esto ocurrió en todas las declaraciones de los menores y de su madre.

El fallo, del que ha sido ponente el presidente de la sección, José Ruiz, recoge que "el limpio proceso que exige la cultura democrática tiene que desarrollarse sin que se usen ventajas o se aproveche material probatorio traído de manera irregular al proceso". "Por ello -añade-, sin ningún género de dudas, estas declaraciones iniciales deben ser expulsadas del elenco probatorio". "La consecuencia de la infracción cometida -añade- será la de que no podamos valorar las declaraciones judiciales en la instrucción en contra de los dos acusados". No obstante, valora el cambio de declaraciones de los niños en el proceso y las efectuadas en el juicio y concluye que, en una de las dos, mintieron. Admite que el motivo era porque tenían "mala relación" con su padre, que les pegaba, pero que no tiene elementos para condenar por agresión sexual. También dice que la pericial psicológica no le da una "certeza plena" de que existieron abusos. Por último, recuerda que el tribunal penal "en ningún caso puede asumir el riesgo de condenar a un inocente" y "debe aceptar el de absolver a un culpable".