El juzgado no admite la petición del Ayuntamiento de modificar las cautelares dictadas sobre el 010

La magistrada ha tomado esta decisión porque la resolución cautelar adoptada fue recurrida por el consistorio ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

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Aránzazu Navarro

La magistrada del juzgado Contencioso Administrativo nº 4 de Zaragoza, encargada de resolver el proceso judicial abierto sobre el servicio telefónico 010, ha decidido en un auto dictado este viernes por la mañana inadmitir las peticiones realizadas por el Ayuntamiento de Zaragoza. El consistorio solicitaban en sus escritos la modificación de las medidas cautelares dictadas el 14 de julio de 2017 o que cesara transitoriamente su efectividad.

La magistrada, en su auto, pone de relieve que no resulta posible, “ni existe procedimiento legal alguno", que permita a esta Juzgadora "anular" o "dejar sin efecto" la resolución cautelar que adoptó de manera definitiva máxime, cuando siguiendo el sistema de recursos establecidos legalmente, dicha resolución ha sido apelada por la defensa del Ayuntamiento. Por ello, recuerda que el órgano competente en este momento para resolver sobre si la resolución cautelar debe modificarse en su totalidad o en algún extremo, o si no debe modificarse, es de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, por lo que no resulta posible acceder a dichas pretensiones.

En su auto la magistrada descarta también que se esté ante un nuevo incidente de modificación de medidas por cambio de circunstancias, al entender “que no se ha producido dicha variación, ni puede hablarse de hechos nuevos a tal efecto”.

Por último, mantiene que al estar enjuiciando un acto administrativo dictado por una Administración Pública, es competente para la resolución del asunto y, por lo tanto, también lo es para adoptar las medidas cautelares oportunas en relación a dicho acto, y a los actos que se deriven o sean consecuencia inmediata del mismo. Esta resolución es apelable ante la Sala de lo Contencioso del TSJ de Aragón.

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