"La cuestión es si esta mujer quería matar a 9 ancianos o solo salir de esa residencia"

Acaba el juicio por el incendio de Santa Fe y el Jurado decide el lunes si como dice la defensa Carmen Alejandre es inocente o debe ser condenada a 62 años de cárcel.

María del Carmen Alejandre Soriano durante el juicio por el incendio de la residencia de Santa Fe
María del Carmen Alejandre Soriano durante el juicio por el incendio de la residencia de Santa Fe
Oliver duch

La Fiscalía reconoció ayer que no hay ninguna prueba directa que demuestre que Carmen Alejandre, de 64 años, provocó el incendio que la madrugada del 11 de julio de 2015 causó la muerte de nueve ancianos en la residencia Santa Fe. Sin embargo, tanto el ministerio público como las acusaciones particulares aprovecharon la última sesión del juicio para intentar convencer al Jurado de que existen suficientes indicios racionales para llegar a la conclusión de que esta mujer prendió deliberadamente el colchón que desencadenó la tragedia, en la que resultaron intoxicadas otras nueve personas. Para la defensa, lo que las acusaciones llaman indicios son meras sospechas que se apoyan en el mal carácter de la acusada y sus antecedentes violentos. "La cuestión es si esta mujer quería matar a 9 ancianos o solo llamar la atención de su hijo y salir de aquella residencia", dijo la abogada Sara Pradas a los miembros del Tribunal Popular al terminar su alegato.

Para conocer la respuesta a esta pregunta habrá que esperar al lunes, cuando está previsto que el Jurado emita su veredicto. Las opciones son múltiples, ya que al margen de la absolución –que plantean también las aseguradoras Fiatc y Mapfre– caben varios tipos de condena. A Carmen Alejandre se le acusa de un delito de incendio, nueve homicidios consumados y otros nueve en grado de tentativa. Y en función de los hechos que se consideren probados se le podrá imponer una mayor o menor pena (si es que finalmente se le declara culpable).

Los abogados que representan a las familias de las víctimas –entre los que figuran Xenia Cabello o Ricardo Agoiz– pedían inicialmente una condena de más de cien años, pero todos ellos han terminado adhiriéndose a la petición de la Fiscalía: 62 años y tres meses. Como esta última, todas las acusaciones consideran que el fuego fue intencionado y que solo pudo originarlo Carmen Alejandre. Para llegar a esta convencimiento se han basado, principalmente, en el hecho de que fuera la única residente despierta y que no resultó intoxicada; en que hubiera amenazado con hacer "algo gordo"; y en el deseo imperioso que tenía de salir del centro, "porque no quería estar con ancianos".

No tiene demencia

Basándose en los informes forenses, las acusaciones creen que a la presunta pirómana se le había diagnosticado erróneamente una demencia, cuando lo único que tiene es un trastorno de la personalidad. Según los especialistas, de este se derivarían rasgos como escasa empatía, bajo nivel de frustración y frialdad afectiva. Sin embargo, aseguran que dicho trastorno no le impide saber lo que hace, aunque le cueste valorar las consecuencias de sus actos a largo plazo. Por ello y por su ligero déficit intelectivo, la fiscal Pilar Cavero sostiene que es imputable y que solo cabe una atenuante leve.

Frente a estos argumentos, la defensa se esforzó ayer en hacer ver al Jurado que no hay nada sólido que permita enervar la presunción de inocencia. "¿Cómo saben que ella era la única que estaba despierta? ¿Por qué no investigó la Guardia Civil a otras pacientes? ¿Sabía que entre las residentes de la primera planta había ancianas con demencia que se levantaban de madrugada a hacer la compra o desayunar?", preguntó en voz alta la letrada Sara Pradas.

Al hacer uso de su derecho a la última palabra, la acusada definió la residencia como "una casa de cerdos". "Allí me rompí la pierna, cogí hongos y todo lo que tengo", dijo. Por ello, la defensa insistió en que su cliente solo quería salir de allí. "Como mucho, sería culpable de provocar un incendio para que la echaran. No de querer matar a 9 personas", apostilló.

Respecto a la responsabilidad civil subsidiaria, tres de las acusaciones se la atribuyen a la DGA por no haber cerrado el centro pese a carecer de licencia y haber detectado múltiples irregularidades de seguridad. Para la Fiscalía y el abogado de la Comunidad Autónoma no cabe tal condena porque no se apreció un "riesgo inminente" que obligara a la clausura.

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