La paliza que dejó incapacitado a un hombre se salda con un solo condenado por “un empujón”

La juez absuelve a otros dos jóvenes por las contradicciones de los testigos. El herido pasó 48 días en el hospital, 20 en la uci.

La titular del Juzgado de lo Penal número 6 de Zaragoza acaba de condenar a David Baquedano Diloy, de 28 años, como único responsable de la grave agresión sufrida por Eduardo G., de 51, la noche de Haloween de 2013 tras una insustancial discusión a cuenta de un mechero en la plaza de San Felipe. Lo ocurrido aquella madrugada cambió por completo la vida de este zaragozano, que pasó 48 días hospitalizado –20 en la uci– y tiene secuelas que lo han incapacitado para siempre.

Las contradicciones de los testigos durante el juicio han impedido a la juez condenar a los otros dos encausados: Jorge P. y José Antonio P. M, de 26 y 23 años, amigos de David Baquedano y con antecedentes penales. Porque aunque algunos de presentes declararon haberlos visto dando puñetazos y patadas a la víctima, otros lo negaron. Y aplicando el principio in dubio pro reo, la juzgadora ha optado por absolverlos, tal y como pedían sus letrados, José Luis Melguizo y Rosario Álvarez.

Las lesiones con las que Eduardo G. llegó al hospital eran las propias de una brutal paliza. Entre otras, sufrió un traumatismo craneoencefálico severo que obligó a operarlo de urgencia y que cuatro años después le impide recordar nada de lo sucedido. Pese a ello, lo único que la juez considera probado en su sentencia es un "empujón". Y porque fue el propio condenado quien reconoció haberlo dado. "Se me abalanzó y puse los brazos", declaró durante el juicio.

La magistrada recoge que lo único que hizo la víctima fue recriminar al acusado Jorge P. que amenazara a su amigo por apremiarle para que le devolviera el mechero que le había prestado. Tras el mencionado empujón, Eduardo G. cayó al suelo, se golpeó la cabeza y quedó inconsciente, explica. "Sin que conste que los tres le propinaran patadas estando en el suelo", apostilla.

La víctima no puede recordar

Las secuelas impidieron al lesionado identificar a sus agresores, de ahí que el testimonio de los testigos fuera tan importante. Además de los encausados, en la vista comparecieron dos amigos que iban aquella noche con la víctima y otras tres personas ajenas al incidente. Lo lógico es que con esta cantidad de testigos se hubiera podido esclarecer lo ocurrido, pero no ha sido así.

"Las testificales de los amigos de la víctima de forma contundente corroboran la versión de los encausados en cuanto descartan la participación de Jorge P. y de José Antonio P. en la agresión, en contradicción con las testificales de tres personas no vinculadas con ninguno de los dos grupos", señala la magistrada en una sentencia que ha tardado casi cuatro meses en emitir y en la que también califica de "no esclarecedor" el testimonio de los policías locales que declararon en el juicio.

El encontronazo que dio lugar a la paliza se produjo a las 4.30, cuando Ernesto G. y sus amigos se dirigían al café El Plata y los tres encausados, a La Oasis. Al cruzarse, estos últimos pidieron fuego a Francisco G. –uno de los compañeros de la víctima–, que no tuvo problema en dejarle al acusado Jorge P. el mechero. Fue al pedirle después que se lo devolviera cuando el joven reaccionó de forma violenta, diciéndole que le iba a arrancar la cabeza y golpeándole con la escayola que llevaba en una mano. Lo llamativo es que durante el juicio el amigo de Eduardo G. restó gravedad al rifirrafe y lo calificó de "roce de gallitos" y no reclamó indemnización.

Dadas las graves secuelas, la Fiscalía y la acusación, a cargo de Olga Oseira, pedían una indemnización de 190.000 euros, pero la sentencia la fija en 95.880.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión