La Fiscalía exime a Cubero y al técnico municipal, aunque se sentarán en el banquillo

Pide 4 meses de prisión por lesiones graves por imprudencia tanto para el dueño de la carpa como para el ingeniero que la revisó y declara responsable civil subsidiario al Ayuntamiento. Como la acusación particular sí responsabiliza al edil de ZEC y al funcionario, el juez decide llevarlos también a juicio.

Una mujer resultó herida muy grave el pasado 8 de octubre al caerle una viga en la cabeza.
Una mujer resultó herida muy grave el pasado 8 de octubre al caerle una viga en la cabeza.
J. Miguel Marco

El juez Rafael Lasala ha decidido llevar a juicio por el accidente de la Oktoberfest al concejal de ZEC Alberto Cubero, al jefe de la Oficina Económica-Jurídica del área de Servicios Públicos y Personal del Ayuntamiento de Zaragoza, Enrique Asensio, al dueño de la carpa, Luis Gorrachategui, y al ingeniero que firmó el certificado final de obra, Sergio Espinosa. El que finalmente no se sentará en el banquillo por la caída de la viga que hirió de gravedad a una mujer será el también investigado Ángel Patricio P., trabajador que participó en el montaje de la instalación pero comunicó a su jefe que faltaban piezas. Como indica el instructor del caso en su auto de apertura de juicio oral, firmado este pasado viernes, no cabe recurso contra el mismo salvo para solicitar la revisión de la exoneración del operario.

Como informó ayer HERALDO, los abogados de la víctima, Alberto Cervera y Óscar Frontiñán, responsabilizan de lo sucedido a los cuatro encausados, para los que piden penas de tres años de prisión por un delito de lesiones graves por una imprudencia también grave. Faltaba de conocer el escrito de calificación de la Fiscalía, que finalmente ha decidido no presentar cargos contra el concejal de Servicios Públicos ni contra el funcionario municipal.

Según el ministerio público, los únicos a los que cabe exigir responsabilidades penales por lo sucedido son el propietario de la carpa y el ingeniero al que contrató para que supervisara su correcto montaje. Para cada uno de ellos, la Fiscalía propone ahora una pena de cuatro meses de prisión y una multa de 2.400 euros por un delito de lesiones por imprudencia grave. En el caso del primero, pide también que se le inhabilite para ejercer como promotor de espectáculos y hostelería durante el tiempo de la condena. Respecto al técnico, la acusación pública exige que se le prohiba trabajar como ingeniero industrial durante un periodo de dos años.

A la hora de establecer las responsabilidades económicas, la acusación pública eleva también la responsabilidad a la empresa Infraestructura y Desarrollo de Espectáculos y Acontecimiento SL, a las aseguradoras Axa, Mapfre y Zurich, así como al Ayuntamiento de Zaragoza.

Una imprudencia temeraria

El juez Rafael Lasala tiene claro que el accidente ocurrido en la carpa de la cerveza de Valdespartera el 8 de octubre de 2016 se produjo porque hubo un deficiente montaje de la estructura debido por la falta de piezas. Esta circunstancia, en su opinión, la conocía perfectamente el dueño de la carpa, Luis Gorrachategui, y, además, no fue advertida por el ingeniero contratado por este para certificar la obra, Sergio Espinosa. Por esta razón, ordenó ya a comienzos de abril que se continúe el procedimiento penal contra ellos por una imprudencia temeraria con resultado de lesiones graves.

El instructor también responsabilizó entonces de lo sucedido al edil Alberto Cubero y al jefe de la Oficina Económico-Jurídica de Servicios Públicos y Personal, Enrique Asensio. A ambos les reprochaba que no hubiera "ningún técnico municipal que revisara la solidez, correcto montaje de la estructura, mantenimiento e integridad de la misma". "Hubo, en fin, una ausencia total y grosera de inspección sobre este particular tan trascendente para la integridad de María Elena O. (la víctima)".

Los encausados recurrieron el auto en el que el juez decidía continuar las actuaciones penales contra ellos, pero el mismo fue desestimado hace solo unos días. En su auto de contestación, Lasala atribuía al concejal una "absoluta impericia". "Es lógico –dice– que cause malestar en el recurrente que se diga que su conducta ha sido de completa desidia por absoluto descuido (...) puesto que ni siquiera revisó el expediente del que se responsabilizaba, pero es que la jurisprudencia califica así la imprudencia temeraria o grave, que es la que indiciariamente se le atribuye".

La caída de la viga, de casi 5 metros y entre 25 y 30 kilos, causó graves lesiones a María Elena O., de 37 años, ya que le alcanzó en la cabeza. La mujer pasó por el quirófano y todavía está pendiente de más operaciones.

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