Un jurado de Zaragoza vuelve a dar la razón a Volkswagen por el caso del diésel

Esta sentencia en Zaragoza es la segunda que da la razón al grupo Volkswagen en España por el caso del software.

El juez de juzgado de primera instancia número 3 de Zaragoza Luis Alberto Gil ha desestimado la demanda de un cliente de la firma automovilística Volkswagen contra la financiera de la compañía, Volkswagen Finance SA, y el concesionario que le vendió el coche, por el problema del software, a los que reclamaba la nulidad o la resolución del contrato de compraventa.


Según dicta la sentencia, el cliente reclamaba la resolución o nulidad del contrato de compraventa de su vehículo por incumplimiento del mismo por parte de la compañía, con motivo de la instalación del software que alteraba las emisiones de los motores diésel de algunos vehículos.


El juez se opone a estas solicitudes y afirma que no existe error relevante ni dolo alguno en la compañía vendedora y apunta que el incumplimiento carece de relevancia, al tiempo que señala que dichas peticiones permitirían el uso del vehículo durante más de tres años sin coste alguno.


En este sentido, señala que el fabricante propone la reparación del automóvil sin coste alguno del defecto aludido, que es la base de la reclamación, y que no supondrá ninguna consecuencia en el uso ordinario del mismo.


La sentencia indica, a su vez, que el defecto que se atribuye al coche no es fácilmente detectable y afirma que no hay confirmación de que los demandados conocieran estos problemas, al tiempo que apunta que el automóvil no resulta más contaminante en cuanto emisiones de óxido nitroso (NOx) que otros modelos de su misma gama.


"El modelo de vehículo del actor se sitúa en cuanto a nivel de emisiones en una zona media baja. Por otro lado el comportamiento anómalo tiene lugar dentro de una conducción normal, puesto que la programación del software discriminaba, y se comportaba de modo distinto en el ciclo de rodillo", añade.


Al mismo tiempo, el juez indica que tampoco se acredita un perjuicio económico o una mayor carga fiscal, como consecuencia del problema con el software, al tiempo que recuerda que no habría lugar para la resolución del contrato, puesto que existe la posibilidad de reparar el vehículo, tal y como ha acreditado la autoridad alemana KBA.


Esta sentencia en Zaragoza es la segunda que da la razón al grupo Volkswagen en España por el caso del software, después de que, a finales del pasado mes de mayo, un jurado de Torrelavega rechazara anular la venta de uno de sus modelos afectados por este problema.

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