​El juez sobresee el caso Auzsa al considerar que no hay indicios de delito

La querella acusaba a la corporación municipal y a otras tres personas de irregularidades por el pago de las indemnizaciones por despido de 153 trabajadores.

Juan Alberto Belloch.
Juan Alberto Belloch
Javier Cebollada

El magistrado de Instrucción nº 1 de Zaragoza ha dictado auto de sobreseimiento y archivo de la causa abierta contra la Sociedad Autobuses Urbanos de Zaragoza S.A. (AUZSA) al considerar que no existen indicios racionales de los delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos de los que se acusaba a los miembros del gobierno municipal de la ciudad de Zaragoza: Juan Alberto Belloch Julve, Carmen Dueso Martínez, Jerónimo Blasco Jáuregui, Dolores Ranera Gómez, Roberto Fernández García y Fernando Gimeno Marín y contra otras tres personas más: José Ignacio Notivoli Mur, Interventor General del Ayuntamiento de Zaragoza, Luis García-Mercadal y García-Loygorri.


En referencia a los acuerdos adoptados por el la Corporación Municipal, afirma el magistrado instructor que puede discutirse la interpretación, y considerarse la decisión errónea o equivocada pero, en ningún caso, puede considerarse que sea una resolución en donde concurra los requisitos del delito de prevaricación. Sobre las cantidades solicitadas y su inclusión en conceptos denominados “costes laborales” o de “desequilibrio económico” de la concesionaria, considera el juez que se trata de meras cuestiones de legalidad ordinaria y que han resolverse, en su caso, en la jurisdicción contenciosa-administrativa.


La querella del denominado 'caso Auzsa', presentada en el juzgado el 17 de diciembre de 2015 por Somos sindicalistas, ha centrado el debate jurídico entorno a quién debía asumir el coste extraordinario generado por la reducción de plantilla que Auzsa había llevado acabo al producirse una reducción del kilometraje de 2.928.981 km anuales según establecía el

pliego de condiciones y pasando así de los 21.000.000 kms/año a los 18.071.019 km/año.


Auzsa entendió como necesario el recorte de la plantilla y que era el Ayuntamiento el que debía asumir el coste de reducción por lo que reclama al consistorio zaragozano un total de 2.137.155.47 €. De ellos, 1.915.783,23 € por las indemnizaciones a los 153 trabajadores despedidos y los trámites de su extinción laboral y 221.372,24 € en concepto de costes de puesta en marcha del servicio.


Entiende el magistrado en su auto que el proceso de licitación del servicio público del transporte urbano de viajeros por autobús careció de la claridad y concreción deseable en todo lo que respecta a la subrogación del personal de la antigua concesionaria. Y añade que “quizás del último párrafo de dicha cláusula 27.3 podría deducirse que el coste laboral no debería ser asumido por el Ayuntamiento, al señalar que en ningún caso el Ayuntamiento de Zaragoza asumirá ninguna responsabilidad en relación con dichos trabajadores ni tendrá obligación alguna de responder de las obligaciones del Tuzsa o de la nueva sociedad concesionaria frente a dichos trabajadores”.


Recuerda también que la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón dictó el 6 de noviembre de 2013 una sentencia en la que consideraba ajustada a derecho la decisión extintiva de la relación laboral de los citados empleados.

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