La viuda del decapitado de Ejea pide que se repita el juicio

El acusado, Pablo Miguel Canales, fue absuelto del asesinato por un jurado popular, a pesar de que se encontró una huella con su sangre en el lugar del crimen.

El acusado, Pablo Canales.
El acusado, Pablo Canales.
Jose Miguel Marco

"Incongruente" e "irracional". Así han calificado las acusaciones el veredicto de no culpabilidad y la posterior sentencia que absolvió a Pablo Miguel Canales del asesinato de Eduardo Montori, ocurrido en Ejea de los Caballeros en 1996. La víctima tenía entonces 34 años y su cadáver fue descubierto acuchillado, decapitado, quemado en su vivienda. En una pared situada junto a la cama donde estaba el cadáver, la Guardia Civil encontró la huella de la palma de una mano ensangrentada. Los análisis revelaron que la huella era de Canales y la sangre, de Montori. Los forenses confirmaron que la marca se dejó por transferencia, es decir, que cuando el acusado apoyó la mano la sangre estaba fresca, escurría por la pared y aún no se había coagulado, hecho este último que se produce en un minuto y medio, aproximadamente, dadas las condiciones de calor que se daban en habitación.

El abogado Javier Notivoli, siguiendo instrucciones de la viuda del fallecido, ha pedido este miércoles al Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) que anule el fallo y repita el juicio. La razón es que, como ha expuesto, el jurado declaró probados una serie de hechos que les deberían haber llevado a unas conclusiones de culpabilidad y no de inocencia. Entre ellos, que consideraron acreditado que el acusado estaba presente en la pequeña habitación donde se cometió el crimen y que la sangre de la huella era la de la víctima. También estimaron probado que Canales se jactó muchas veces en el pueblo de haber sido él quien había matado a Montori y que su amenaza preferida a los policías locales, guardias civiles o personas que se cruzaban con él en los numerosos altercados que ha tenido a lo largo de su vida es que les iba a pasar lo "mismo" que a Eduardo Montori.

"La incongruencia entre los hechos declarados probados y la conclusión que luego extraen es evidente. Él dice que estaba en Benidorm, pero las pruebas dicen lo contrario. Que lo matara solo o con otros eso no lo sabremos nunca, pero que estuvo allí en el momento del crimen y participó como cooperador o por omisión, eso es así", ha dicho Notivoli.  

El fiscal Enrique Pera, por su parte, ha insistido en que el veredicto del jurado está "indebidamente" motivado y es "ilógico" y, por lo tanto, ha dado lugar a un fallo y posterior sentencia también ilógicas.

"Su huella está allí y nadie afirma la existencia de más personas en el escenario. Entendemos que para un jurado es duro juzgar un asesinato, pero no hay un vídeo de cómo ocurrió el asesinato", ha dicho Pera. En su opinión, el jurado debe poner en relación los hechos y construir un relato "racional". "Dice que no hay certeza de que le causara la muerte, pero sí de que estuviera allí", ha reiterado.

El fiscal ha expuesto que la sentencia también es incongruente porque no contiene un relato de hechos probados, sino una traslación literal de las respuestas del jurado. "El fallo es irracional por que no se puede dar apariencia de realidad a lo que no lo tiene. El magistrado está constreñido por una respuesta irracional y por eso la sentencia es curiosa", ha dicho.

Todo lo contrario ha mantenido Javier Elía, letrado defensor de Pablo Canales. En su opinión, el veredicto está fundamentado y no ha vulnerado ningún derecho constitucional. "La congruencia y la fundamentación se la dan las partes con las preguntas que elaboraron y el magistrado presidente entregó al jurado para su deliberación. No es un veredicto que se hiciera a la ligera. Los jurados contestaron a las preguntas que nosotros hicimos", ha recordado. Elía ha planteado una cuestión fundamental y es que el objeto del veredicto no contenía ninguna pregunta sobre cooperación o complicidad con el asesinado. "Podría haberse hecho, pero no fue así y por eso no pueden responder", ha dicho.

En su opinión, las pruebas acusatorias no son tales, ya que el jurado sí que declara probado que Canales había dicho muchas veces que había matado a Montori, pero admitía que lo hacía de forma fanfarrona y cuando iba borracho. También ha recordado que hubo un informe de 2006 de la Guardia Civil que dijo que la huella no era suya. Para el letrado, la causa de que el relato de hechos no sea congruente es que no hay móvil del crimen. Por estas razones, el letrado ha pedido a los magistrados de la Sala de lo Civil y Penal del TSJA que ratifiquen la sentencia absolutoria.    

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