El alcalde de Escucha, entre los tres imputados por los vertidos contaminantes al río Ancho

El juez ve acreditado un vertido sin autorización de la empresa Genepol. ?Las partes disponen de un plazo de tres o cinco días para presentar recursos.

El Juzgado de Instrucción número 3 de Teruel ha imputado por un posible delito contra el medio ambiente al alcalde de Escucha y diputado provincial, Javier Carbo (CHA), y al administrador de la empresa de reciclaje de plástico Genepol, Javier D.T., por unos vertidos contaminantes en el río Ancho.


Además, ha imputado al teniente de alcalde de este municipio, Valentín Salvador, que también era el jefe de la planta de esta empresa, aunque no coincidentes en el tiempo, según el auto, facilitado a los medios de comunicación por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA).


Según los razonamientos jurídicos del auto, el juez estima que queda acreditado, a los meros efectos de instrucción, que en una acequia-rambla situada a unos cinco kilómetros aguas arriba del río Ancho se realizó un vertido de aguas de color negruzco, sin autorización y con importante carga contaminante, procedente de Genepol.


Este vertido presuntamente carecía de autorización por parte de la Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE), ni tampoco era "autorizable" y constituye un "grave riesgo", porque ha afectado "a la fauna piscícola del tramo fluvial que va de Escucha hasta el municipio de Montalbán y a los invertebrados dejando en el cauce 280 toneladas de sedimentos", según el juez.


Este vertido causó la muerte supuestamente del 80 % de la fauna piscícola en una extensión equivalente a 1,8 kilómetros de cauce hasta la desembocadura del río Ancho con el Martín, del que es afluente.


Además, el juez estima "que existe un riesgo lesivo para el medio fluvial del río Ancho o Martín merced a los vertidos efectuados por la empresa por el tipo de contaminación, la persistencia en el tiempo, la relación de caudales aportados y la sensibilidad del medio receptor".


Fue el Seprona de la Guardia Civil el que denunció los hechos y el juez considera que la responsabilidad de estos vertidos era de la empresa, ya "que hizo caso omiso a los reiterados requerimientos de las instituciones aragonesas para que cesara el vertido", así como el propio ayuntamiento de Escucha, debido a que el responsable de un vertido en principio es el titular del colector.


Según el juez, la empresa conocía que los vertidos se estaban produciendo porque la propia depuradora "se desbordaba por la espuma que generaba el proceso de depuración derramándose al alcantarillado público, habiendo una anomalía clara en el proceso".


Las partes disponen de un plazo de tres o cinco días para presentar recursos contra esta resolución judicial.


De no producirse recurso alguno, el juez requerirá al Ministerio Fiscal para que presente escrito de acusación, tras cuya presentación el juez dictará auto la apertura de juicio oral y requerirá a las partes para que presenten sus escritos de defensa.

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