Teruel

Condenado por golpear a un concejal de La Puebla de Valverde al despedirle

La Audiencia de Teruel ordena que la pena de prisión sea sustituida por la expulsión del acusado de España, al ser su condena inferior a los seis años.

La Audiencia de Teruel ha condenado a un inmigrante marroquí a 2 años y 3 meses de prisión por el delito de atentado sufrido por un concejal de La Puebla de Valverde (Teruel) a quien golpeó después de saber que lo había despedido por estar ausente 4 meses de su puesto de trabajo. 


Los hechos enjuiciados ocurrieron a finales del mes de marzo de 2005, al regresar el inmigrante de un viaje a su país que se prolongó por espacio de cuatro meses a pesar de que había anunciado al concejal que permanecería solo tres semanas.


Al regresar a la población, el edil, responsable de obras en el consistorio, informó al inmigrante de que no podía continuar en su puesto de trabajo ni ocupar la vivienda municipal que se le había facilitado al ser contratado.


En su relato de hechos probados, el tribunal asegura que unos días después, el acusado se presentó en el despacho del concejal para reclamar el dinero que se le adeudaba y reprocharle el haber ordenado retirar sus posesiones de la vivienda que ocupaba antes de partir a Marruecos.


La discusión continuó en la calle y se zanjó, según afirma la sentencia, con un violento cabezazo del acusado en la frente de su víctima, a la que causó una herida inciso contusa sobre la ceja derecha que requirió de nueve puntos de sutura.


El acusado, que abandonó el lugar poco después de suceder los hechos, fue localizado este año por la policía e ingresado en prisión por orden judicial el pasado 31 de julio a la espera de juicio.


La Audiencia de Teruel tipifica los hechos como un delito de atentado dada la condición del concejal como representante público, y rechaza los argumentos de la defensa sobre el supuesto desconocimiento del acusado de esta situación ya que "sabía" que trabajaba para el ayuntamiento.


A este respecto, afirman los magistrados que "aún cuando por su condición de extranjero y su dificultad con el idioma puede admitirse que no sabía con precisión lo que significa la figura de concejal, sí hay indicios suficientes para considerar probado el conocimiento por su parte de la autoridad que ostentaba el denunciante".


Destacan, además, que la acción violenta del acusado fue realizada cuando el concejal se encontraba en el ejercicio de sus funciones como autoridad municipal.


El tribunal imputa, asimismo, al inmigrante un delito de lesiones al entender que su agresión no sólo implica un "menoscabo del respeto" a un representante público, sino que afectó también a su integridad física.


Los magistrados consideran, sin embargo, que concurren en la conducta del encausado las atenuantes de obcecación y de dilación indebida de la causa y le condenan a dos años de prisión por el delito de atentado y a otros tres por el de lesiones, así como el pago de una multa de 540 euros y una indemnización de 1.751 euros a la víctima.


La Audiencia de Teruel ordena que la pena de prisión sea sustituida por la expulsión del acusado de España, al ser su condena inferior a los seis años.