VIVIENDA EN ARAGÓN

Más de 5.000 jóvenes se benefician de las ayudas para emanciparse

La Dirección General de Vivienda y Rehabilitación del Gobierno de Aragón ha tramitado más de 5.000 solicitudes de la Renta Básica de Emancipación con resolución favorable.


En concreto, ha tramitado 6.558 solicitudes, de las que 5.064 han recibido el visto bueno de la administración, informan fuentes del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transporte del Ejecutivo autonómico.


En estos momentos sólo quedan 72 solicitudes por tramitar, lo que, según la Dirección General de Vivienda, supone que la demanda de ayuda es resuelta en pocos días.


Por provincias, en Zaragoza se han recibido 4.697 solicitudes y se le ha dado el visto bueno a 3.697; en Hueca se han tramitado 1.196 en Huesca y se han aceptado 895, y en Teruel se han registrado 565, de las que han tenido una resolución favorable un total de 472.


El segmento de edad que más ayudas recibe es el que va de los 26 a los 29 años, y se han concedido a un mayor número de mujeres que de hombres.


El Gobierno de Aragón, a través de las oficinas del "Toc Toc" y de los Servicios Provinciales de Obras Públicas, Urbanismo y Vivienda, lleva a cabo la tramitación de estas ayudas que son confirmadas y abonadas posteriormente por el Ministerio de Vivienda, que dispone de dos meses para resolver las ayudas.


La Renta Básica de Emancipación, cuyo importe asciende a 210 euros mensuales durante cuatro años, está destinada a jóvenes de entre 22 y 30 años con un tope de ingresos de 22.000 brutos anuales, que suscriban un contrato de alquiler y que no tengan vivienda en propiedad.


La ayuda también incluye 600 euros en préstamos, reintegrables cuando se extinga la fianza del último contrato de arrendamiento, y 120 euros para el aval.


La renta está condicionada a que el solicitante haya cumplido seis meses de trabajo previo y continuado, o tenga seis meses de contrato por delante en el momento de la solicitud.


Para recibir esta ayuda, los solicitantes deben presentar el DNI o el NIF; el certificados de haberes si es trabajador por cuenta ajena o la declaración del IRPF si es por cuenta propia; el informe de la vida laboral, la copia del contrato escrito de arrendamiento y el resguardo del depósito de aval.