El Ayuntamiento de Huesca defiende su actuación en el proceso de selección de policías

El Consistorio oscense dice que ha ejecutado el contenido de las dos sentencias y por ello entiende que no hay actos que declarar nulos.

El Ayuntamiento de Huesca ha defendido que ha ejecutado el contenido de las dos sentencias sobre el proceso de selección de seis agentes de la Policía Local en 2005 y por ello entiende que no hay actos que declarar nulos.


Tras el requerimiento judicial recibido este lunes sobre la ejecución de una de las sentencias relacionadas con una oposición para la cobertura de plazas de Policía Local del año 2005 "lo único que se hace es reabrir el procedimiento en el Contencioso Administrativo y será la sala número 1 de ese Juzgado la que resuelva sobre la cuestión", ha señalado el Ayuntamiento oscense en una nota de prensa.


Debido a tal requerimiento la Junta de Portavoces se ha reunido este martes con carácter de urgencia "y rechazando la acusación de irregularidades y deficiencias en el procedimiento que ya están resueltas en los tribunales", ha acordado aclarar públicamente los términos del proceso.


En el año 2005 el Ayuntamiento de Huesca convoca una oposición para la cobertura de 2 plazas de Policía Local, con la previsión expresa de ampliar aquellas plazas que se encontrasen vacantes y presupuestadas antes de la resolución definitiva del tribunal de las oposiciones. Con posterioridad se decide ampliar de 2 a 8 el número de plazas que tenían que cubrirse en las pruebas selectivas.


Dos de los aspirantes a las plazas, que no obtuvieron nombramiento como funcionarios, impugnaron el procedimiento selectivo. Los tribunales de justicia resolvieron que el Ayuntamiento cometió un defecto de forma en su actuación administrativa, por cuanto el Tribunal calificador tomó decisiones (declaró aprobados 8 opositores y realizó la correspondiente propuesta de nombramiento como funcionarios) antes de que se publicara en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca la aprobación definitiva del aumento del número de plazas de policías a cubrir.


En consecuencia, en cumplimiento de la sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo de Huesca, de conformidad con el informe jurídico de un letrado externo, el Ayuntamiento cesó en 2009 a los seis policías locales, cuyos nombramientos tenían su fundamento en la ampliación de seis plazas y dispuso que se constituyera de nuevo el tribunal calificador de las pruebas selectivas, con posterioridad a la publicación de la aprobación definitiva de la modificación de la plantilla de personal.

Recursos

Meses más tarde este órgano volvió a reunirse y, comprobando que el defecto procedimental se había subsanado, acordó en aplicación del principio de Conservación de Actos de Derecho Administrativo, considerar válida la declaración de los 8 aspirantes que habían superado los ejercicios (porque ese acto mantendría el mismo contenido de no haberse cometido el defecto aludido).


Finalmente fueron 6 los aspirantes que fueron nombrados funcionarios en la Policía Local de Huesca, ya que otros dos renunciaron por tener otro destino.


En julio y septiembre de 2015, en respuesta a sendos recursos, han sido dictadas dos nuevas sentencias por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón. En ellas se ordena al Juzgado de Contencioso Administrativo de Huesca "reabrir las piezas de ejecución y requerir a la Administración (Ayuntamiento de Huesca) para que en el plazo de dos meses declare nulas todas las actuaciones que eludan el cumplimiento de las sentencias objeto de la ejecución".


El Juzgado ha remitido al Ayuntamiento el requerimiento con fecha 5 de octubre para la apertura de la pieza separada de ejecución y desde este día comienza el plazo de dos meses en el que el Ayuntamiento va a estudiar a través de los servicios jurídicos la respuesta al requerimiento.


El Ayuntamiento defiende que ha ejecutado el contenido de las dos sentencias y por ello entiende que no hay actos que declarar nulos. Con el requerimiento recibido en el día de ayer, lo único que se hace es reabrir el procedimiento en el Contencioso Administrativo y será la sala número 1 de ese Juzgado la que resuelva sobre la cuestión.

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