Deberá pagar 46.000 € a su exmujer por ocuparse de los hijos y el hogar

El Supremo no admite el recurso del exmarido. La clave de la sentencia es la aplicación de la legislación catalana, pues el matrimonio se contrajo en Cataluña, donde fijaron su primera vivienda.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Zaragoza decretó el pasado mes de mayo que un barcelonés debía pagar 45.986 euros a su exesposa zaragozana, pese a haber acordado la separación de bienes, como compensación tras un proceso de divorcio por haberse dedicado ésta al cuidado de los hijos y del hogar en un domicilio de la capital aragonesa. El Tribunal Supremo no admitió a principios de este mes el recurso del condenado, que mantuvo su puesto de trabajo en una empresa privada en Cataluña mientras su expareja se trasladó a Zaragoza para atender con mayor facilidad las necesidades de la familia. Esto sucedió antes de iniciar los trámites de separación.

La mujer, defendida por la letrada Eva Vera Andrés, no abandonó en ningún momento su carrera profesional pero tuvo que hacer frente al coste de mantener a los dos descendientes del matrimonio. El exmarido, por su parte, experimentó una promoción profesional durante el matrimonio y logró incrementar sus ahorros mientras la zaragozana “no tuvo oportunidad de ahorrar”, según apunta su abogada.

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