Elevan a 8 años la pena al menor que atropelló al Guardia Civil de Barbastro

El tribunal ha atendido parcialmente el recurso de la acusación particular en nombre de la familia de la víctima, que residía en Barbastro.

Un monolito recuerda a José Antonio Pérez a las puertas del cuartel de Barbastro.
Un monolito recuerda a José Antonio Pérez a las puertas del cuartel de Barbastro.
José Luis Pano

La Audiencia Provincial de Huesca ha elevado de 6 a 8 años de internamiento la pena para Abraham G. N. por la muerte del guardia civil José Antonio Pérez, al que atropelló brutalmente durante un control de alcohol y drogas el 4 de marzo de 2016, cuando el condenado tenía 17 años de edad. El Juzgado de Menores le consideró en su día culpable de un delito de conducción sin permiso y otro de conducción temeraria, en concurso con un homicidio agravado y varias lesiones.

Un mes y medio después de que tanto la acusación particular, ejercida por el letrado Mariano Tafalla, como la defensa, a cargo de la Cristina Dolcet, presentaran sendos recursos, el tribunal ha hecho pública la sentencia, que todavía puede ser apelada ante el Supremo. En caso de que la defensa renuncie a este recurso de casación, el fallo sería ya firme y el joven tendrían que ingresar de forma inmediata en un centro de internamiento, donde ya estuvo pero tuvo que salir a los 9 meses tras cumplirse el plazo límite de internamiento provisional sin que haya sentencia firme. Pero si decide continuar apelando, seguirá en libertad bajo la custodia de sus padres en Barbastro, como hasta ahora, y con la obligación de ir todas las mañanas al juzgado y seguir un tratamiento médico con un equipo técnico.

La Audiencia ha admitido parcialmente la petición de la acusación particular, que había solicitado aumentar la condena a 10 años de internamiento y 5 más de libertad vigilada. También había solicitado 5 años de libertad vigilada para la copiloto; y 3 para dos acompañantes que también viajaban en el coche. Mientras, la defensa insistió en solicitar la absolución o subsidiariamente una rebaja de la pena ya que consideraba que no existió dolo en su actuación sino una imprudencia.

El tribunal ha decidido elevar finalmente la pena al considerar que hubo una “pluralidad de infracciones” y por tanto atiende el argumento de la acusación particular de aplicar el artículo 11.2 de la Ley del Menor, que establece un baremo de penas de entre 8 y 10 años. Por contra, mantiene la absolución para los otros tres ocupantes del vehículo, para los que se había solicitado una condena por omisión del deber de impedir el delito, en el caso de la copiloto, y de encubrimiento, en el caso de los otros dos acompañantes.

También desestima las peticiones de la defensa de rebajar el tipo penal a homicidio imprudente “porque el conductor mantenía la consciencia de lo que podría ocurrir si voluntariamente continuaba su marcha y lo que podía suceder, y de hecho sucedió, fue que se interceptó la trayectoria de otro vehículo que circulaba correctamente y que el guardia civil salió despedido tras la colisión”, señala la sentencia.

Hace apenas dos semanas, Barbastro rindió un emotivo homenaje a la memoria de José Antonio Pérez, que tenía 54 años, mujer e hija, con la colocación de un monolito en la entrada del cuartel de la ciudad del Vero.

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