Un juez crea una figura de mediador para aplicar mejor la custodia compartida

Primera sentencia en la que los separados aceptan la mediación de un psicólogo para pacificar el conflicto entre las partes.

El magistrado Ángel Dolado, titular del Juzgado de Primera Instancia 16 de Zaragoza, ante las Cortes de Aragón
El magistrado Ángel Dolado, titular del Juzgado de Primera Instancia 16 de Zaragoza, ante las Cortes de Aragón
Guillermo Mestre.

El magistrado Ángel Dolado, titular del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Zaragoza, ha dictado la primera sentencia en la que se auxilia de un psicólogo que ha nombrado como «coordinador de parentalidad» para aplicar mejor la custodia compartida. Los separados han aceptado la mediación y arbitraje del profesional que ayuda al magistrado para resolver las controversias entre los progenitores, disminuir el conflicto y pacificar las relaciones familiares. En el fallo se detalla que el coordinador es un auxiliar del juez que actúa en pro del mejor interés de sus hijos, controla el cumplimiento del plan de parentalidad y también enseña a llevar a cabo la coparentalidad positiva.

Esta nueva figura que no está en la legislación estatal ni el Código de Derecho Foral de Aragón, aunque está investido de una «función pública de autoridad» y el magistrado se ciñe a la aplicación del artículo 10 de la norma aragonesa para aplicar medidas excepcionales con el fin de mantener las relaciones personales. El juez Ángel Dolado precisa en su novedosa sentencia que este mediador «es ampliamente conocido y utilizado en Estados Unidos y ha sido abordado en la literatura científica por la doctora Capdevila Brophy». Asimismo, este psicólogo aparece reconocido en un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña del pasado 26 de febrero de 2015.

La sentencia apunta que este profesional puede mantener entrevistas con los progenitores, con los menores, con profesores, con miembros de la familia, con médicos, psicólogos o psiquiatras que atienden a los padres o a los hijos. La intervención es temporal durante un plazo de tres meses, salvo que el juez disponga fundadamente de alguna prórroga, y se designarán entre las listas de los Colegios de Psicología, Trabajo Social y Abogados. Como gasto extraordinario lo abonarán por partes iguales y se aplicará la justicia gratuita para los litigantes que carecen de medios.

Informar al juzgado

En la sentencia se detalla que el mediador «debe intentar consensuar con los padres las medidas de aproximación (calendario, pautas y condiciones para la normalización de la relación paterno-filial) que entienda adecuada, informando al juzgado de los acuerdos a los que las partes hayan llegado con su intervención o, en caso de desacuerdo, haciendo las propuestas oportunas que estime convenientes al juez de la ejecución para que éste adopte la oportuna decisión».

El mediador se nombra después de notificar y publicar la sentencia en una comparecencia inmediata posterior para acordar o designar judicialmente al coordinador de parentalidad.

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