¿Qué derechos tienen los aragoneses ante las cancelaciones de Ryanair?

Si hemos adquirido un billete de avión y la compañía decide unilateralmente cancelar ese viaje, la empresa está obligada a informarnos de ello con 14 días de antelación.

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Ryanair ha decidido cancelar unos 50 vuelos diarios hasta noviembre. Este plan se anunció el viernes 15 y las cancelaciones comenzaron ya ese día por la mañana. Hay cientos de afectados en toda Europa; entre ellos, varios aragoneses.

Ante esta situación la Oficina del Consumidor (OMIC) del Ayuntamiento de Zaragoza ha querido informar de los derechos de los pasajeros en estos casos.

Los usuarios afectados por esas cancelaciones, que no vean satisfechos sus derechos, pueden formular una reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de la empresa. Transcurrido un mes sin recibir respuesta o no siendo esa satisfactoria a sus intereses, pueden elevarla ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), bien a través de la web de ese órgano o en escrito dirigido a la sede del mismo. En todo caso debe aportarse una copia del billete, la respuesta de la empresa o la reclamación en ausencia de aquella y otros documentos que se consideren oportunos.

Con independencia de lo anteriormente comentado, el usuario que se considere perjudicado en otro tipo de intereses, también puede recurrir a las instancias judiciales para reclamar aquello que estime oportuno, como indemnizaciones por daños y perjuicios.

La OMIC quiere recordar a todos los ciudadanos que pueden plantear sus dudas y consultas en la red de oficinas de información al consumidor, en las asociaciones de consumidores y en los servicios provinciales de Ciudadanía y Derechos Sociales; con esa misma finalidad el teléfono '900 12 13 14' y la dirección de correo 'omic@zaragoza.es' están a disposición de todos los consumidores de Zaragoza.

En caso de cancelación de un vuelo

Los derechos en caso de una cancelación son los siguientes:

- Derecho a la información, que consiste en la entrega por parte de la compañía aérea de un impreso con las condiciones de asistencia y compensación.

- Derecho a asistencia. La compañía aérea debe proporcionar la asistencia necesaria: comida y bebida suficiente, dos llamadas telefónicas o acceso al correo electrónico y, si fuese necesario, a una o más noches de alojamiento así como al transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento.

- Derecho al reembolso o a transporte alternativo, donde el pasajero podrá elegir una de las siguientes 3 opciones que debe ofrecer la compañía: el reembolso del billete dentro de los siete días siguientes, el transporte hasta destino final lo más rápidamente posible y en condiciones de transporte comparables, o el transporte hasta destino final en una fecha posterior que convenga al pasajero, en función de los asientos disponibles

- Derecho a ser compensado*, entre 250€ y 600 €, dependiendo de la distancia del vuelo, aunque estas cantidades se pueden reducir en un 50% si la compañía aérea le ofrece transporte alternativo y cumple el retraso en la llegada a destino (de dos a cuatro horas, según los kilómetros).

* Derecho a ser compensado, a no ser que se le haya informado de la cancelación con 14 días antes del vuelo programado o si la compañía aérea puede probar que la cancelación fue causada por circunstancias extraordinarias, como casos de inestabilidad política, condiciones meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo, riesgos para la seguridad, deficiencias inesperadas en la seguridad del vuelo y huelgas que afecten a las operaciones de un transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo.

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