El Gobierno recurre ciertas medidas de la ley aragonesa de vivienda y prestación social

Considera que invade competencias estatales y ha aprobado interponer un recurso de inconstitucionalidad.

Méndez de Vigo explica las medidas aprobadas este viernes en Consejo de Ministros
El Gobierno recurre ciertas medidas de la ley aragonesa de vivienda y prestación social
Efe

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un acuerdo en el que solicita al Ejecutivo interponer un recurso de inconstitucionalidad contra algunos preceptos de la ley aragonesa de acceso a la vivienda y prestaciones sociales al ser similar a la ley de 2015, ya impugnada por el Tribunal Constitucional.

Explica en la referencia publicada tras la reunión del Consejo que la mayor parte de los artículos y disposiciones "reproducen, con ligeras variaciones, el contenido de los artículos y disposiciones" del decreto-ley del Gobierno de Aragón del 15 de enero de 2015, que fue ya impugnada ante el Tribunal Constitucional el año pasado y "cuya sentencia está pendiente".

De esta manera, reitera que invade competencias estatales y, para ello, invoca el artículo 161.2 de la Constitución "a fin de que se produzca la suspensión de dichos preceptos".

En octubre del año pasado el Tribunal Constitucional admitió a trámite un recurso del Gobierno central contra el decreto de Aragón que prevé medidas como la prohibición de embargo para las prestaciones sociales, o la paralización de desahucios para personas vulnerables, y ello motivó su suspensión cautelar.

"En su articulado, la ley excluye las prestaciones económicas del Sistema Público aragonés de Servicios Sociales del concepto de subvenciones, pese a que la atribución de esta consideración no deriva de la declaración efectuada por la comunidad autónoma, sino de la concurrencia de los requisitos previstos por la legislación básica del Estado", aclara el Ejecutivo en el escrito.

Sobre los procesos de ejecución hipotecaria, apunta a la infracción de las competencias exclusivas del Estado "en materia de legislación procesal, ordenación del crédito y planificación general de la economía".

Argumenta el Gobierno que el texto aragonés introduce "un supuesto de suspensión automática e incondicionada en los procesos de ejecución hipotecaria no previsto en la ley estatal", y ello "sin que exista una base constitucional que lo ampare".

El articulado aragonés también impone a determinadas personas jurídicas la obligación de ceder a la comunidad autónoma las viviendas procedentes de procedimientos de ejecución hipotecaria y ello, advierte el Consejo de Ministros, "dificulta y perturba la efectividad de los mecanismos arbitrados por el Estado para la regulación del sistema de ejecución hipotecaria".

Asimismo, menoscaba la competencia del Estado para establecer las bases y la coordinación de la planificación general de dicha actividad económica.

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