Una de cada cuatro parejas se casa con separación de bienes

Esta cifra ha ido aumentando de manera paulatina en la última década. Las separaciones de bienes postmatrimoniales se mantienen.

En el aire decenas de bodas programadas para este año en Zaragoza.
Imagen de archivo de una boda.

El amor no siempre es suficiente y, a veces, se necesita una garantía adicional. Esto es lo que se puede pensar cuando se observa el volumen de parejas aragonesas que solicitan una separación de bienes antes de contraer matrimonio. Sin embargo, los diversos expertos consultados han destacado que no se trata de una cuestión de inseguridad en su futura pareja, sino de cambio en el modo de vida. “Cada vez son más parejas jóvenes, que tienen sus trabajos, viven independientemente y deciden que quieren seguir manteniendo esta independencia”, explica Dámaso Cruz, decano del Ilustre Colegio Notarial de Aragón. De hecho, según apunta la abogada y doctora especialista en Derecho de Familia y Civil, Cristina Chárlez, muchos de ellos se muestran ligeramente avergonzados cuando acuden a informarse, “ya que todavía tienen ese pensamiento de que si hacen separación de bienes es porque no confían en que su matrimonio dure”.

Según los datos del Consejo General del Notariado, en 2007 (primera cifra disponible) 730 parejas decidieron realizar una separación de bienes antes de casarse en Aragón y, casi una década después, en 2016 (último dato publicado), se superan las 900. Todo ello teniendo en cuenta que el volumen de matrimonios ha descendido de manera considerable en estos tiempos. De hecho, en 2007 decidían realizar este contrato el 13,65% de los matrimonios, mientras que esta cifra ha ascendido hasta el 25,9% en el primer semestre de 2016; según la comparación de la información del Consejo General de Notariado y del Instituto Nacional de Estadística (INE).

Además del incremento vivido de manera constante en los últimos años, ambos expertos señalan un cambio en el perfil de parejas que se acercan a su despacho para asesorarse sobre la separación de bienes. “Hace años era común que vinieran matrimonios en los que él tenía un negocio y utilizaba esta fórmula para dejar bien diferenciados cuáles eran los bienes que pertenecían a la empresa y cuáles los familiares. De este modo, si había alguna deuda, esta no afectaba a los comunes”, recuerda Chárlez. Asimismo, Cruz señala que se utilizaba este modelo en los casos en los que se veía que algo estaba fallando en el matrimonio. Sin embargo, ahora son parejas jóvenes, de entre 30 y 35 años, y “son precisamente ellas las que están más concienciadas en realizar la separación de bienes”, recalca Chárlez.

Las diferencias

Cuando llegan a su despacho, la mayoría tienen unas dudas y consultas comunes: “Me suelen preguntar las diferencias entre la separación de bienes y el régimen de consorciales, que es el que está en vigor en Aragón, y hacen especial hincapié en cómo llevar esta separación en el día a día”. La diferencia fundamental entre ambas cuestiones es cómo se divide el patrimonio que se crea después de la boda. “Tanto un régimen como otro reconocen el dinero y las posesiones anteriores al matrimonio como bienes privativos”, puntualiza. De este modo, si uno de los dos tiene una casa, ésta siempre será suya, independientemente del régimen al que se acojan. Lo mismo ocurrirá con el dinero que haya en su cuenta corriente, a no ser que lo junten en una y lo vayan gastando; “en ese caso, si hay un divorcio, se repartirá a partes iguales, aunque uno haya aportado 10.000 y el otro 5.000”.

Así que para llevar “ordenada” una separación de bienes hay ser muy exhaustivos. “Si se quiere hacer bien y que posteriormente no haya ningún problema, hay que tener tres cuentas corrientes: una para cada uno (donde se ingresarán las correspondientes nóminas) y otra común (con un ingreso mensual igual por ambas partes)”, recuerda Chárlez. Asimismo, en el caso de que ambos tengan viviendas previas, “lo que se suele hacer es que se alquile una de ellas y este dinero (o parte de él) va destinado a los gastos de la otra, como puede ser la luz o la hipoteca”. No obstante, Cruz recuerda que no es estrictamente necesario que existan esas cuentas diferentes, siempre que posteriormente se pueda demostrar que uno ha aportado más que el otro a la común.

Otra de las cuestiones que marcan la diferencia entre un régimen y otro es la gestión que se puede hacer de los bienes e inmuebles. “Si uno está en gananciales tiene dos tipos de patrimonio: el privativo (aquello que tiene antes de la boda o la herencia que posteriormente pueda recibir) y el de la sociedad consorcial”, explica Cruz. De este modo, para comprar o vender un inmueble o pedir un préstamo, “siempre será necesario el consentimiento de ambas partes”.

Si por el contrario, se tiene una separación de bienes, cada uno puede hacer con sus ingresos lo que considere oportuno y no afecta al otro. “Por ejemplo, si se pide un préstamo y después no se puede pagar, la deuda es solo para el que lo ha solicitado; pero si están en consorciales, se debe pagar con lo común”, recalca Cruz. Lo único que no puede hacer el uno sin el otro es vender el domicilio familiar habitual, aunque esté solo a nombre del que lo quiere vender. Además, en Aragón es muy habitual que cuando uno hace una separación de bienes, también se firme el desistimiento al derecho expectante de viudedad, “que es aquel que reconoce que, cuando un miembro de la pareja fallece, el otro puede disponer del usufructo de todos sus bienes durante toda su vida”.

A pesar de que muchas parejas optan por hacer separación de bienes, no siempre es sencillo. “En este punto hay muchas parejas que, tras muchos años de matrimonio, finalmente llevan las cuentas como en régimen de consorciales y luego cuando se divorcian surgen los problemas. Sin embargo, hay otras, especialmente las jóvenes (más concienciadas con este tipo de acuerdos) y aquellas que ya han vivido otras situaciones similares, que sí que siguen de manera exacta los parámetros marcados”, sostiene Chárlez.

Las postmatrimoniales se mantienen

Otra opción, pero menos habitual, es que la separación de bienes se lleve a cabo después del matrimonio. “Hay gente que decide firmarla en las semanas posteriores; aunque la recomendación es que, si lo tienen decidido, empiecen con todo ordenado”, subraya Chárlez. Por ello, en los últimos años, el volumen de separaciones de bienes postmatrimoniales no ha variado, rondando las 500 al año en Aragón.

No obstante, esta tendencia no ha sido siempre así. En los años más duros de la crisis sí que se percibió algún pequeño pico, especialmente por los casos de matrimonios en los que uno de los dos tenía una empresa y surgían las dudas de si podría tener deudas en un futuro. De este modo, lo que se hacía era poner todo a nombre de aquella persona que estuviera totalmente desvinculada de la empresa y así los bienes comunes no se veían afectados. Ahora, con la situación más normalizada, estos casos han vuelto a disminuir y el número de separaciones de bienes postmatrimoniales se ha estancado.

Unos 120 euros

Los trámites para llevar a cabo este documento son muy sencillos. Simplemente es necesario acudir a un notario, llevar el Documento Nacional de Identidad (DNI), realizar la escritura de las capitulaciones matrimoniales y presentar la documentación en el Registro Civil. El precio, según detalla Cruz, suele rondar los 120 euros. Además, a lo largo del matrimonio, este documento se puede modificar cuántas veces se considere necesario.

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