Los condenados en el caso Naves buscan la absolución en el Supremo

El alto tribunal celebró ayer una vista en la que los letrados de Becerril, Esco e Iglesias pidieron la anulación de la sentencia.

Los condenados en el caso Naves buscan la absolución en el Supremo
Los condenados en el caso Naves buscan la absolución en el Supremo

El Tribunal Supremo tendrá la última palabra sobre la sentencia del conocido como caso Naves, que supuso una condena de cuatro años de cárcel para el exgerente de la Plataforma Logística de Zaragoza (Plaza) Ricardo García Becerril, el exviceconsejero de Obras Públicas de la DGA Carlos Esco (PSOE) y el exdueño del Real Zaragoza y constructor, Agapito Iglesias.


La Audiencia Provincial de Zaragoza los declaró responsables de un delito de malversación de caudales públicos por haber permitido y facilitado que Plaza se hiciera cargo de los 8,7 millones de euros que costaron de más las 119 naves que la sociedad Codesport, de Agapito Iglesias, levantó en 2005 en el complejo logístico. En su sentencia, emitida el pasado febrero, la Audiencia mantenía que, al consentir el pago de ese sobrecoste mediante el abono de cuatro pagarés no autorizados, los tres acusados abocaron a la sociedad pública a un "inadmisible dispendio doloso". El fallo no fue unánime, puesto que el magistrado Alfonso Ballestín discrepó de sus compañeros –Rubén Blasco, presidente de la Sección Sexta, y Carlos Lasala, ponente del fallo– y emitió un voto particular en el que exponía que al único que se debía condenar era a García Becerril, aunque fijaba el exceso en 3.070.205 euros.

Fondos públicos o no

Pero en lo que sí estaban de acuerdo los tres magistrados era en que los fondos de Plaza tienen carácter público, caballo de batalla de los abogados de los acusados, pues siempre han mantenido lo contrario. Esta circunstancia es crucial para poder mantener el delito de malversación.


Los tres abogados, Juan Monclús, en defensa de Esco, José María Gimeno del Busto, por García Becerril, y Miguel Ángel Alemán, por Iglesias, trataron de convencer a los magistrados de la Sala Segunda del Supremo de que los fondos no son públicos, ni tampoco sus clientes pueden tener la condición de funcionarios. En esos años, el capital social de Plaza estaba dividido entre la DGA (51%), Ayuntamiento (12%), CAI (18%) e Ibercaja (18%). Para la Audiencia, aunque la sociedad figure constituida como privada, el capital que maneja pertenece al ente público matriz. También considera que el patrimonio de las entonces cajas (2005) tenía un perfil público.


Para los letrados, sin embargo, no es así y aprecian que es una "aberración jurídica". Juan Monclús defendió que las cajas eran privadas y se nutrían con el capital de los impositores. Añadió que Plaza es una sociedad mixta con capital privado; una promotora que vende suelo para ganar dinero –cuando puede–, y que incluso llegó a repartir dividendos a las entidades financieras antes de estallar la burbuja inmobiliaria.


Por su parte, José María Gimeno expuso al tribunal varios errores en la apreciación de la prueba que, a su juicio, han perjudicado a su cliente. Citó, por ejemplo, las declaraciones del asesor jurídico de Plaza, José Manuel García Figueras, quien aseguró en la vista que en el consejo de administración no hubo controversia cuando se debatió pagar o no el exceso de obra , ya que se vio claramente que lo había y que la constructora debía ser compensada.

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