Las demandas de incapacidad judicial en Aragón aumentan más de un 40% en dos años

En 2015, el Fiscal Superior de Aragón tramitó casi 1.100 demandas y más de 900 diligencias informativas.

Una residencia de ancianos.
Una residencia de ancianos.
Aránzazu Navarro

Desde hace unos años, el número de demandas de incapacidad judicial no ha hecho más que crecer en Aragón. Según los datos publicados por el Ministerio Fiscal, en 2015 se registraron en los juzgados aragoneses un total de 1.091 demandas para iniciar el proceso de incapacitación judicial de una persona, lo que supone un incremento del 42,8% en comparación con los datos registrados dos años atrás, cuando solo se pedían unas 760 al año. Por su parte, en el resto de España la tendencia no está tan consolidada, ya que aunque se refleja un incremento en el último año, todavía es tímido si se compara con la situación de Aragón.


“La razón principal de este aumento es el envejecimiento de la población”, señala Diego Muñoz, abogado de familia de Fuentelsaz & Muñoz. De hecho, según las cifras del Instituto Nacional de Estadística (INE), en los dos años analizados por la Fiscalía, la población mayor de 80 años en Aragón ha crecido en más de 4.200 personas. Una tendencia que se confirma con los datos de padrón de este 2016, cuando se registraba un nuevo incremento de unos 1.100 adultos mayores de 80 años, llegando a los más de 101.000 que hay en la actualidad. “Somos una sociedad con una alta tasa de envejecimiento, cada vez vivimos más y tenemos más problemas de salud como la demencia senil”, detalla Sofía de Salas, profesora titular de Derecho Civil de la Universidad de Zaragoza.


Prueba de ello es que Aragón es de las comunidades que más esperanza de vida tiene, rozando los 83 años de media, un dato que ha crecido en tres años en la última década. Todo esto provoca que el cuerpo humano se vaya deteriorando y que cada vez se registren mayores achaques en la salud, con especial incidencia, en los casos de demencia como el alzhéimer, que afecta a unos 33.000 aragoneses. Esta dolencia la sufren generalmente las personas de mayor edad, de hecho, según los datos de la Sociedad Española de Neurología (SEN), el 40% de los españoles mayores de 90 años padecen esta enfermedad.


“Con esta situación es habitual que los parientes cercanos o el propio Fiscal decidan que es necesario incapacitar a la persona de manera parcial o total”, detalla Muñoz. En el sistema judicial español existen dos modalidades de demanda: las realizadas por los familiares (particulares) o las iniciadas por el Fiscal. “La primera se suele utilizar si la persona a la que se quiere incapacitar no está conforme con esta situación, por ejemplo, cuando hay algún problema de adicción como la ludopatía”, explica Muñoz. De este modo, se tiene que llegar a un juicio, en el que el Fiscal defiende a la persona que se quiere incapacitar y la familia debe buscar un abogado, con el gasto que ello supone.


“La mayoría de las familias que consideran que es necesario incapacitar a sus padres o hijos suelen optar por que la Fiscalía sea la demandante, ya que es muy duro aparecer como ejecutor de una demanda contra tu padre o hijo”, destaca de Salas. En estos casos, la persona interesada en incapacitar a alguien acude al juzgado (en Zaragoza al número 13) con todos los informes posibles. “No es necesario acreditar nada, ya que tras escuchar el testimonio, el Fiscal puede pedir toda la información; pero cuanta más documentación se aporte, siempre es mejor y permite agilizar los trámites”, especifica de Salas. Según sostiene Muñoz, una vez el Fiscal tiene la documentación aportada por la familia, solicita más información si lo considera oportuno y emite un informe. “Si es favorable y el juez no ve ningún impedimento, se obtiene la incapacidad”, puntualiza.


De este modo, según los datos del Ministerio Fiscal, son las demandas del Fiscal las que realmente han crecido estos años, pasando de las 566 que se registraban en 2013 a las 854 de 2015. Por el contrario, las particulares solo aumentan en 40 (de 198 a 237). Por su parte, las diligencias informativas también han crecido en este periodo. En concreto, en 2015 se registraron casi 300 más que dos años atrás, cuando solo había 642.


A parte del envejecimiento de la población, la profesora titular de Derecho Civil también considera que la sensibilización respecto ha podido propiciar este aumento: “Cada vez se tiene más claro que incapacitar a alguien no tiene que ser algo negativo y puede ayudar a las personas, ya que se intenta que se incapacite solo de aquello que es estrictamente necesario”. Salas destaca que hace unos años era común que la mayoría de las incapacitaciones fueran totales, privando incluso del derecho a votar. “Esto se está enmendando y se tiene mucho cuidado en conservar todos los ámbitos de autonomía posible”, sostiene.

¿Quién se hace cargo?

Cuando se lleva a cabo la incapacitación de una persona, alguien se tiene que hacer cargo de su tutela (cuando la persona está incapacitada completamente) o curantela (cuando la incapacidad es parcial y la persona puede tomar algún tipo de decisiones). En estos caso, los principales encargados son la familia directa (cónyuge, descendientes, padres, padrastros, abuelos o hermanos). Cuando no existe ningún pariente cercano, puede encargarse un administrador o una persona con la que el incapacitado tenga relación. En última estancia, será el Gobierno de Aragón el que asume su tutela. En concreto, según los datos de la DGA, a cierre de 2015, tenían a su cuidado a un millar de personas mayores de edad.


Asimismo, la persona que se queda como tutor tiene que presentar de manera constante informes sobre la situación patrimonial y personal (o solo de aquella que lleva el control) del incapacitado. “El juez intenta controlar todos estos aspectos de manera más o menos anual para que nadie se aproveche del incapacitado”, especifica de Salas.

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