Los entresijos de las oposiciones en Aragón

Existe un procedimiento previsto para evitar que haya filtraciones o favoritismos.

Imagen de la anterior convocatoria de oposiciones a maestro en Aragón
Instituto Goya, uno de los centros que acoge las pruebas de maestro.
A. E.

¿Cuáles son los criterios para formar parte de un tribunal de oposiciones? ¿Se puede rechazar? ¿Y si un miembro del tribunal conoce a un opositor? A pocos días de las oposiciones a Maestro que se celebran este sábado, 18 de junio, en las tres capitales aragonesas, a los opositores les surgen muchas dudas sobre su funcionamiento. Todo esto está regulado por una legislación estatal y autonómica que establece tanto el número de miembros de un tribunal, como su composición y las renuncias que se pueden efectuar.


Aunque este año las fechas han ido un poco apuradas, cuestión que los sindicatos han criticado, el pasado 6 de junio se publicó el listado definitivo de los miembros del tribunal. Cada tribunal está compuesto por cinco miembros: el presidente, el secretario y tres vocales. El presidente es designado por el Servicio Provincial de Educación correspondiente, mientras que el resto se elige por sorteo entre casi todos los maestros funcionarios de Aragón. Una vez escogidos, el presidente debe elegir cuál de ellos será el secretario.


Entre las cuestiones que se recalcan para no poder entrar en el sorteo para ser vocal destacan que no tengan una jornada reducida, no pertenezcan a equipos directivos, no estén de año sabático, maternidad, excedencia o jubilación. Tampoco puede haber participado activamente en este tipo de tribunales en los últimos cuatro años. Una vez publicado el sorteo, existen cinco días hábiles para presentar alegaciones.


En estos casos, se puede alegar, si te ha tocado fuera de tu ciudad, que tienes que cuidar a un familiar y no te puedes desplazar u otros casos. Sin embargo, los casos más comunes de alegaciones, tipificados expresamente por la ley, son que el miembro del tribunal elegido no puede ser preparador de oposiciones o tener un vínculo familiar con alguno de los opositores.


Este punto es el que ha dado lugar a controversia este año. Un grupo de interinos señaló que había miembros del tribunal que eran preparadores en academias o de manera privada. No obstante, según aseguran desde el Gobierno autonómico, actualmente no existe ningún miembro con estas características. “Durante el proceso de alegaciones se han detectado 10 casos de personas que habían sido preparadores y se les ha excluido del tribunal”, puntualizan.


Estas personas se han abstenido de participar ya que la legislación establece directamente que no se puede "tener relación de servicio con la persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar".  Además, todos los miembros del tribunal deben firmar una declaración jurada en la que aseguran que no tienen relación profesional ni familiar con ningún opositor.


“Estos controles son muy minuciosos, ya que a ninguna de las partes les interesa que, por una persona, se tenga que repetir todo el proceso. Por eso, es importante que la gente que tenga alguna incompatibilidad de este estilo, se la comunique a la administración; y que si algún opositor sabe que un miembro del tribunal no puede serlo, que realice la correspondiente recusación”, sostiene Gloria Pardillos, secretaria general de Educación de UGT Aragón. Según recalca la Administración no puede conocer todas estas circunstancias y por eso “tanto los interesados como los afectados son los que tienen que notificarlas”.


Sin embargo, algunos interinos señalan que, si observan que hay algún motivo para presentar una recusación, no la realizan por “miedo”. “En el fondo son compañeros con los que podemos juntarnos en unos años y no es cómodo tomar la decisión de denunciarlos ante la Administración”, destaca un interino que no ha querido facilitar su nombre. Toda esta problemática se produce porque los tribunales participan en la elaboración de las pruebas, por lo que si tuvieran a algún conocido o familiar, le podrían facilitar información adicional. “Es importante que todos sean legales, tanto los tribunales como los opositores, ya que si hay cualquier fallo se puede tener que repetir la oposición”, especifica José Luis Ruiz, representante de CGT Enseñanza de Zaragoza.

Otras opciones

Además de la declaración jurada y el periodo de alegaciones y recusaciones; también existen otras opciones. “Ser parte del tribunal de una oposición no es sencillo, siempre puede haber algún conocido entre los opositores: compañeros de trabajo, de cursos de formación, de actividades... Por ello, la Administración contempla otras vías que no son la de dejar de participar como tribunal”, sostiene Alfonso Zafra, coordinador de Enseñanza de CSIF Aragón. En estos casos, lo adecuado es salirse de la sala cuando le toca exponer a aquella persona que conoces. “Hay cinco miembros de tribunal, pero solo son estrictamente necesarios tres; por lo que en ese momento sales de la sala, para que la nota sea lo más objetiva posible”, afirma.


“De hecho, para intentar evitar que se valore de una forma positiva a un conocido, existe un criterio por el que la diferencia entre la nota más baja y la más alta de los miembros del tribunal no puede ser superior a tres puntos”, sostiene. De este modo, se evita cualquier interés en querer valorar a alguien mejor de lo que se merece.


No hay que olvidar que la parte de la oposición no supone el 100%, pero sí que es bastante determinante. Según el decreto de interinos aprobado este año, la experiencia laboral tendrá un peso del 45%, la nota de las oposiciones del 30% y la formación y otros méritos el 25% restante.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión