El ​TC abre un plazo de alegaciones contra el recurso de Cataluña por los bienes

La DGA, la fiscalía y el juzgado oscense tienen diez días para presentar alegaciones.

Imagen de la zona de dormitorios acondicionada en el monasterio de Sijena.
El monasterio de Sijena ya está listo para recibir las 97 piezas retenidas en Cataluña
Fernando Paules

El Tribunal Constitucional (TC) ha abierto un plazo para la presentación de alegaciones al recurso interpuesto por la Generalitat para instar la anulación de la sentencia del Juzgado de Primera Instancia 1 de Huesca, que ordenó la devolución de los bienes del Monasterio de Sijena depositados en Cataluña


El Constitucional ha dirigido su escrito al Gobierno aragonés, fiscalía y titular del juzgado oscense que emitió la sentencia condenatoria, y les emplaza a que un plazo de diez días presenten sus respectivos escritos de alegaciones al incidente de ejecución planteado desde la Generalitat.


En su recurso, el representante legal del Gobierno catalán asegura que la sentencia condenatoria del juzgado oscense "contradice" lo expresado por el TC en una sentencia dictada en 2012 que anulaba el derecho de retracto planteado desde Aragón sobre los bienes de Sijena.


A juicio de la Generalitat, la sentencia del Constitucional avalaba el derecho de la administración catalana a ejercer la competencia de custodia de bienes patrimoniales depositados en su territorio.


Este planteamiento ha sido rechazado en reiteradas ocasiones tanto por los letrados del Gobierno aragonés y del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, como por la propia titular del juzgado oscense que ordenó la devolución de los 97 bienes reclamados.


Estas partes argumentan que la sentencia del TC se limitaba a rechazar la petición de derecho de retracto planteada desde Aragón, aunque abría al mismo tiempo la posibilidad de recurrir a la jurisdicción civil la discusión sobre la propiedad de las piezas por posibles "vicios" en el procedimiento de venta.


El abogado del Ayuntamiento de Sijena, Jorge Español, ha considerado "absolutamente improbable" que el Constitucional admita a trámite el incidente de ejecución planteado ya que la sentencia alegada se limitó a anular unas órdenes de derecho de retracto ya anuladas.


Para este letrado, la iniciativa de la Generalitat se enmarca en la ofensiva diseñada por sus representantes legales para tratar de bloquear la ejecución de la referida sentencia condenatoria.


En esta misma ofensiva sitúa el escrito presentado días después ante la Audiencia de Huesca para que valore la posibilidad de declarar la incompetencia de la jurisdicción civil para reclamar por los bienes de Sijena y neutralizar así la sentencia condenatoria.


Español ha recordado que la propia Generalitat de Cataluña aceptó inicialmente la jurisdicción civil para la resolución de litigio, y que sólo planteó un conflicto de competencias una vez hecha pública la condena.


Ha destacado, además, que el propio Tribunal de Conflictos Jurisdiccionales del Supremo rechazó el conflicto planteado desde Cataluña y dejó en manos del juzgado oscense la resolución del caso en ejecución de sentencia.

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