La DGA activa la inspección del certificado energético, que puede sancionar con 6.000 euros

Hasta ahora no había asumido las competencias, mientras otras comunidades ya han sancionado.

Un técnico realiza una revisión para obtener el certificado energético
La DGA activa la inspección del certificado energético, que puede sancionar con 6.000 euros
J.M. Marco

Los servicios provinciales del Departamento de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón ya han recibido las competencias para llevar a cabo la labor de inspección del certificado de eficiencia energética en la Comunidad. O lo que es lo mismo, la DGA va a comenzar a vigilar y sancionar aquellas conductas irregulares en este trámite con multas de entre 300 y 6.000 euros.


Se trata de una labor que en Aragón todavía no se había puesto en marcha, ya que hubo que esperar a la aprobación de la Ley de Acompañamiento a los Presupuestos de 2015, según informan fuentes de Industria. Y eso que el registro de certificados, habilitado el mes de abril del año pasado, ya ha recibido más de 20.000 inscripciones.


De hecho, otras comunidades ya han tramitado las primeras sanciones por infracciones como falsear la información que aparece en los certificados o intentar alquilar una vivienda sin el pertinente certificado en vigor. También se ha sancionado a técnicos que hacían la revisión sin estar oficialmente habilitados para esta función.


Sin embargo, el retraso que acumuló la Administración aragonesa a la hora de poner en marcha este programa de control energético impuesto por Europa ha hecho que todavía no se hayan impuesto multas en la Comunidad.


De los 20.000 certificados presentados hasta la fecha en el registro de la DGA, cerca de 11.500 ya se encuentran validados y en regla, mientras que el resto están pendientes de revisión, o deben presentar o modificar parte de la documentación, al presentar alguna deficiencia, informan desde Industria.

Entre 300 y 6.000 euros

Para los propietarios, las sanciones más leves que se contemplan -entre 300 y 600 euros- son el hecho de anunciar y publicitar la venta o alquiler de un piso, casa o local sin especificar su calificación energética, no mostrarla en los casos que se requiera o hacerlo sin el formato adecuado o los contenidos mínimos, así como no renovarlo cuando caduque -tiene una vida de 10 años-.


Entre las graves, que supondrán multas de entre 601 y 1.000 euros, se incluyen infracciones como el incumplimiento del procedimiento para la certificación o no presentar el documento en el registro. También se sancionará con estas cantidades a quienes exhiban una etiqueta que no se corresponda con el certificado real o vendan o alquilen un inmueble sin entregar el certificado en vigor al comprador o arrendatario.


Por último, las muy graves oscilarán entre los 1.001 y los 6.000, aunque podrían incluso superar esta cantidad si se considera que el beneficio obtenido con la infracción es todavía mayor que la multa. En este apartado se incluyen falsear la información en la expedición o registro de los certificados, actuar como técnico certificador sin estar habilitado o publicitar inmuebles con una certificación que no esté respaldada por un certificado en vigor debidamente registrado.