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Viernes, 24 de mayo de 2013
La consejera de Educación del Gobierno de Aragón, Dolores Serrat, ha respondido a las preguntas de los lectores en un encuentro digital.
http://www.britishcouncil.org/spain/sites/default/files/pdfs/comunicado_proyecto_bilingue.pdf Si alguien sabe leer y se molesta en hacerlo se dará cuenta de que la señora Serrat bien contesta preguntas sin informarse, o bien miente. No hay nada como consultar en internet para tener respuestas claras y directas.
Porque no estará diciendo “Esther” que en la cuestión de recortes, sólo se puede recurrir al de los salarios de los docentes (interinos o no) y no a revisar los convenios con entidades educativas privadas… porque al Estatuto de los Trabajadores (al menos de forma indirecta, no vaya a rectificarme de nuevo) ya se ha recurrido también. Porque hablando de comparaciones, señáleme usted qué colectivo de interinos (de la administración, claro) tiene las condiciones de un docente en cuanto a la desaparición efectiva de su puesto de trabajo vacante. O si se les cuestiona a otros colectivos la percepción de su salario de cómputo anual (he dicho anual, no un período inferior). Porque, insisto, hay quienes cuestionan que los docentes (todos, en este caso, todos) perciban importes durante los períodos no lectivos. Sin comentarios, verdad. ¡Ah! Y aquí entramos, básicamente a opinar, con más o menos referencias acertadas.
Porque no estará diciendo “Esther” que en la cuestión de recortes, sólo se puede recurrir al de los salarios de los docentes (interinos o no) y no a revisar los convenios con entidades educativas privadas… porque al Estatuto de los Trabajadores (al menos de forma indirecta, no vaya a rectificarme de nuevo) ya se ha recurrido también. Porque hablando de comparaciones, señáleme usted qué colectivo de interinos (de la administración, claro) tiene las condiciones de un docente en cuanto a la desaparición efectiva de su puesto de trabajo vacante. O si se les cuestiona a otros colectivos la percepción de su salario de cómputo anual (he dicho anual, no un período inferior). Porque, insisto, hay quienes cuestionan que los docentes (todos, en este caso, todos) perciban importes durante los períodos no lectivos. Sin comentarios, verdad. ¡Ah! Y aquí entramos, básicamente a opinar, con más o menos referencias acertadas.
Admitamos que es una forma de hablar, propia de los foros: "dar lecciones de...", "no me trate de ignorante...." o "veo que desconoces.." (estas dos últimas son suyas). Si es o no dar, intentar o parecer dar lecciones es apreciación del interlocutor, también. A mí me lo parece. Era usted, "Esther" quién, además, aludía a otros colectivos (como el de los médicos). Que estén sometidos o no al derecho laboral o al estatuto de los trabajadores es una mera circunstancia respecto a que el salario, remuneración o nómina (o cómo le plazca denominarlo) responde a un cómputo horario anual y al importe de ese período, por eso se cobra lo mismo mes a mes. Y he dicho más cosas (por cierto lo de convenio colectivo era referido, en mi comparación, a los docentes de la privada concertada). Y, claro que he dicho alguna cosa más de interés al respecto de salarios, de horarios, de vacaciones remuneradas o no. Y a hipotéticos recortes…. varios. Por eso concluía, también, con “sin comentarios, verdad”. Por eso, quizá, usted ha hecho los que le ha apetecido y no otros. Espero que me entienda, que es seguro que sí, y no será únicamente porque aluda al derecho laboral, en lugar del administrativo común, o ¿no es así? Porque en el fondo, como hacen otros interlocutores, lo que se cuestiona (interinos o no) es que los docentes perciban su salario, verano incluido y otros días no lectivos, también.
Pusilibro, yo no doy clases de nada y menos de derecho laboral porque los funcionarios aunque sean interinos no se rigen por la legislación laboral, ni por el Estatuto de los Trabajadores ni por Convenio Colectivo. Y date cuenta que los interinos son eso, interinos y que no se sabe el tiempo que van a trabajar porque dependen de las necesidades para cubrir determinadas plazas y tanto pueden trabajar todo un curso o una semana al año, así que todo lo que has dicho no sirve para nada.
"Don Quijote de la Mancha", la situación de "puesto vitalicio" lo conlleva la condición de funcionario. Situación que viene sucediendo desde hace siglos, por cierto. Y no sólo entre los docentes. No es una salida, es una opción que supone, aunque usted lo desdeñe, años de sacrificio, estudio y preparación. Y, coincido con usted, para el que no esté conforme o le parezcan buenas las condiciones de un determinado trabajo, ¡ahí está! para quien quiera optar. Pero, claro han de mediar esos años de sacrificio, preparación y estudio previos. No lo olvide. Y respecto a su retahíla de "muchos", pues los que son, que no son muchos respecto del total, porque el total, sólo en Aragón son muchos más, pero muchísimos más con vocación que dura, en muchos casos una treintena de años.
Totalmente de acuerdo con tus últimas aseveraciones. Respecto a la gratuidad, hay colegios que no desean ser gratuitos por mantener el status económico de sus alumnos. Pero los colegios que solicitan el concierto y cumplen con las normas que les exige la administración (sobre todo la admisión, pero hay otras), mientras tengan demanda... no quiere decir esto que haya colegios que intenten saltarse las normas.
Pues hala, a estudiar rapidito, que hay que aprobar en junio, para dar ejemplo ...
Es curioso, una tal "Esther" (nº 44) su razonamiento y que además pretenda dar lecciones de derecho laboral. Porque debería saber (lo cual no dudo) que los trabajadores, cualquier trabajador, perciben su salario en función de un cómputo anual de horas. Los docentes lo perciben en función de esas condiciones a lo largo de doce meses, si bien su mayor carga horaria de trabajo la desarrollan durante los períodos lectivos. Por ponerle un ejemplo comparable, los docentes de los centros concertados perciben su salario de todo el año, a razón de 1.190 horas anuales (puede consultar el dato en su convenio colectivo que si bien lo cito de memoria no creo que haya variado sustancialmente). Si tenemos en cuenta ese dato incontrovertible, resulta que, ambos colectivos (los docentes funcionarios, interinos y de carrera, y los de la enseñanza concertada) desarrollan su trabajo en horario de cómputo anual en las semanas lectivas del curso y alguna más a lo largo de 10 meses. Tantas horas de trabajo computables, tanto salario repartido a lo largo del año (verano y vacaciones escolares incluidas). A partir de ahí haga cuantas cábalas considere oportunas, respecto al pago o no de cantidades durante los meses de julio y agosto que es lo que corresponde en esa sexta (dos meses del año) parte de su salario computado anualmente. Es como si a mí se me ocurre que ¿por qué el erario (público, por definición) tiene que abonar los meses de verano a los docentes de la concertada? dado que durante esos dos meses no hay alumnos a los que impartir clase y por tanto no procede que la administración pague por un servicio que no se ofrece. Sin comentarios, verdad.
Completamente de acuerdo contigo Esther. La docencia debería ser vocacional, y no una salida para los que solo buscan "hacerse dueños vitalicios" de un puesto de trabajo. ¿Qué es eso de estar "movilizado" porque pasan de tener 18 a 20 horas lectivas? Van a seguir "trabajando" 37,5 horas semanales, las cuales pueden pasar "formándose" en la barra de algún bar. El que no esté conforme que se vaya a Opel-GM donde van ya por el 2º ERE en lo que va de año, o mejor, que se hagan mineros y sepan lo que es trabajar de verdad. ¡ Mucha jeta, mucho liberado, mucho paniaguado, y mucho estómago agradecido es lo que hay !
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